El registro de la UE

Qué está decidido, qué no lo está todavía, y quién carga qué.

Soy Daniel Carlman, y esto es DPP Academy. Hoy: el registro de la UE.

El ESPR obligaba a la Comisión a crear un registro a más tardar el 19 de julio de 2026. Las modalidades de aplicación se adoptaron el 16 de julio, y la Comisión puso en marcha el registro el 20 de julio, con un entorno de pruebas.

El registro almacena al menos los identificadores únicos. Para los productos que vayan a despacharse a libre práctica, también el código de mercancía. Y los identificadores de las baterías con pasaporte. Los actos de cada grupo de productos pueden añadir más.

Lo que no contiene es el propio pasaporte. El pasaporte lo almacena el operador económico, o un prestador de servicios. El registro guarda los identificadores y los datos de registro.

¿Quién carga los datos? El operador económico que introduce el producto en el mercado. Antes es verificado, por ejemplo con un sello electrónico cualificado. El registro comprueba el envío automáticamente, y devuelve un identificador único de registro. No es una prueba de cumplimiento.

La Comisión, las autoridades nacionales y las aduanas tienen acceso. Una vez que el registro esté conectado a los sistemas aduaneros, las autoridades aduaneras solo podrán despachar un producto a libre práctica tras comprobar su identificador de registro y su código de mercancía en el registro.

Aparte, el ESPR exige un portal web de acceso público, donde se pueden buscar y comparar los datos de los pasaportes, dentro de los propios derechos de acceso.

¿Y los prestadores de servicios? Terceros independientes, autorizados por el operador para tratar los datos del pasaporte. La copia de seguridad debe estar en uno de ellos, que no puede vender ni reutilizar los datos más allá de ese servicio, salvo que el operador lo acuerde. La Comisión puede fijar requisitos para ellos en un acto delegado.

Soy Daniel. Nos vemos en el próximo episodio.

La próxima vez: las normas del CEN. Esto no es asesoramiento jurídico.